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Nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros: Qué debes saber para circular legalmente

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó recientemente el Real Decreto 52/2026, de 28 de enero, que modifica el Reglamento General de Vehículos y el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, con el objetivo de regular el Registro de Vehículos Personales Ligeros en España.

¿Qué es el Registro de Vehículos Personales Ligeros?

La norma crea un Registro específico de vehículos personales ligeros, y la inscripción en este registro será un requisito indispensable para poder circular. Esto incluye tanto vehículos de movilidad personal como otros medios ligeros de transporte urbano.

Régimen transitorio para vehículos antiguos

Para los vehículos de movilidad personal no certificados y comercializados antes del 22 de enero de 2024, se establece un régimen transitorio:

  • Podrán circular hasta el 22 de enero de 2027, aun careciendo del certificado de circulación.
  • Estos vehículos se inscribirán únicamente con los siguientes datos técnicos: marca, modelo y número de serie.
  • Esta inscripción tendrá carácter temporal y, a partir del 22 de enero de 2027, estos vehículos ya no podrán circular sin la debida certificación.

¿Cómo tramitar la inscripción?

La inscripción en el Registro Nacional de Vehículos corre a cargo de los titulares de los vehículos y se puede realizar:

  • Preferentemente a través de la sede electrónica de la Jefatura Central de Tráfico.
  • También mediante cualquier otro medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Entrada en vigor

El Real Decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, por lo que la obligación de registro ya es aplicable, aunque los vehículos antiguos disfruten del régimen transitorio hasta 2027.

Enlaces de interés

Para consultar la normativa completa, te facilitamos los enlaces oficiales:

 

💡 Consejo Segurifach: Si tienes un vehículo de movilidad personal ligero, revisa tu situación y asegúrate de tramitar la inscripción a tiempo. Esto te permitirá circular de manera legal y evitar sanciones.